Política de la ADA para el comportamiento violento y disruptivo

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Política de la ADA para el comportamiento violento y disruptivo

El propósito de esta política es garantizar la seguridad de los conductores, el personal, los pasajeros y el equipo de SEAT, así como la continuidad del servicio, contra conductas inapropiadas, daños, interrupciones del servicio, violencia y condiciones o peligros ambientales insalubres. Esta política se aplica a todos los autobuses e instalaciones de SEAT.

Cualquier persona que se involucre / amenace con una conducta violenta, perjudicial o ilegal o que cree condiciones insalubres o que represente una amenaza directa para la salud o la seguridad de otras personas se le puede negar el servicio temporalmente de acuerdo con esta política.

Las actividades o condiciones incluyen, pero no se limitan a:

  1. Cualquier contacto físico, intimidación y / o acoso hacia un conductor, personal u otro pasajero de SEAT
  2. Hablando demasiado fuerte o gritando
  3. Comer o beber en un autobús de SEAT, a menos que tal medida sea requerida según las disposiciones de adaptación razonable de SEAT según la ADA.
  4. Intentando distraer la atención del conductor.
  5. Tocando musica fuerte
  6. Fumar o vapear
  7. Desechar la basura en el autobús o en una instalación de SEAT
  8. Considerar el uso del teléfono celular o el uso del altavoz del teléfono celular
  9. Not wearing pants, shirt and shoes.
  10. Intenta amenazar o intimidar a un SEAT, conductor, personal u otro pasajero
  11. El uso de blasfemias, ya sea dirigido a otros usuarios, al personal o en general al uso en conversaciones.
  12. Intentar abordar con carros grandes, carros o un número excesivo de maletas que requieren más de un embarque del vehículo, a menos que tal medida sea requerida según las disposiciones de adaptación razonable de SEAT según ADA.
  13. Intentar abordar con bolsas u otros paquetes que estén goteando o drenando o que sean insalubres.
  14. Intentar abordar el autobús con signos visibles de cualquier infestación de insectos (chinches, pulgas, etc.) u otra condición insalubre.
  15. Participación en actividades ilegales u otras, que incluyen pero no se limitan a:
    a. Uso o venta de sustancias ilegales.
    segundo. Posesión o bebida de un recipiente abierto de alcohol.
    do. Posesión de armas, explosivos o materiales peligrosos.
    re. Juego
  16. Dañar o destruir vehículos de tránsito, instalaciones / propiedades o la propiedad personal de otro pasajero o conductor de tránsito
  17. Tirar objetos por las ventanas.
  18. Creación de condiciones insalubres que exponen a los pasajeros y al personal de tránsito a riesgos para la salud, como fluidos corporales, heces, heridas abiertas, basura
  19. Manipulación en vehículos SEAT e instalaciones SEAT
  20. Incumplimiento de la dirección legal del personal de tránsito u otras autoridades

Si se ha determinado que el comportamiento de un usuario justifica la denegación o la suspensión del servicio, SEAT determinará la duración de la suspensión según la naturaleza y la gravedad de la infracción, y SEAT se reserva el derecho de exigir a los usuarios que proporcionen garantías de que El comportamiento de violación no se repetirá durante el transporte antes de restaurar el servicio.

Toda conducta violenta y / o ilegal que ocurra durante el transporte deberá ser informada a las autoridades locales.

Preguntas

Las preguntas sobre esta política / procedimiento y sobre cómo se puede apelar la suspensión del servicio deben dirigirse al Gerente de Operaciones o al Gerente General de SEAT. Puede consultarnos sobre lo anterior a través de nuestra Contáctenos página.

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